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Viernes 30 de Octubre de 2026

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POLITICA

30 de octubre de 2026

Condenaron a 3 años de prisión a los responsables de intimidar a una empresaria de Entre Ríos con un paquete que tenía dos balas

Se trata de Mauricio y Cristhian Taffarel, ex empleados de la pyme FADEMI, que en pleno conflicto laboral dejaron un mensaje amenazante en la casa de una de las dueñas. Cúales son los fundamentos del fallo

Condenaron a 3 años de prisión a los responsables de intimidar a una empresaria de Entre Ríos con un paquete que tenía dos balas

Fuente: Netfan Servicios

El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay condenó a 3 años de prisión en suspenso a dos ex empleados de la empresa FADEMI, ubicada en Entre Ríos, por haber dejado un atado de cigarrillos que contenía dos balas y una leyenda que aludía a los dueños de la firma ante la casa de uno de ellos como mensaje intimidatorio, en el contexto de un conflicto laboral, en 2024.

Los hermanos Mauricio Javier Taffarel (35 años) y Cristhian Aurelio Taffarel (29 años) fueron declarados culpables del delito de coacciones agravadas por anonimato. No irán a prisión efectiva, pero deberán cumplir reglas de conducta durante tres años, entre ellas 200 horas de trabajo comunitario y una restricción de acercamiento de 100 metros a las víctimas.

El juez Darío Ernesto Crespo, en su fallo, determinó que ambos actuaron como coautores en el marco de un conflicto laboral entre el Sindicato de Industrias Químicas y Petroquímicas y la pyme familiar FADEMI, con sede en la ciudad entrerriana de Larroque, que fabrica baterías para vehículos, Las víctimas son María Sylvia De Miguel y su hija María Laura Díaz De Miguel, abogada de la firma.

El hecho ocurrió en la noche del 27 de enero de 2025 en la ciudad de Gualeguay, a unos 35 kilómetros de la planta fabril. Cristhian Taffarel condujo el vehículo mientras su hermano Mauricio arrojó el paquete intimidatorio en el ingreso al domicilio particular de las víctimas.

Pasada la medianoche del 27 de enero de 2025, las cámaras de videovigilancia del domicilio de las víctimas captaron la imagen de un hombre que depositaba en el portal de entrada de la casa una caja de cigarrillos envuelta en un papel manuscrito con fibrón negro que decía "FAMILIA DE MIGUEL". Adentro del atado había dos balas, una de fusil FAL y otra de pistola calibre 45.

Las imágenes permitieron ver la ropa del agresor con claridad, hasta en colores. Dos días después, el allanamiento al domicilio de Mauricio Taffarel arrojó los mismos elementos: un gorro tipo jockey color beige con visera bordó, un short azul con dibujos blancos y unas ojotas de marca Rider. La coincidencia fue total.

Las cámaras del puesto caminero en la intersección de las rutas 12 y 16 —el ingreso a Gualeguay— registraron el paso del auto el 27 de enero, y su salida la madrugada del 28. Los horarios resultaron compatibles con el momento exacto en que se colocó el paquete en la puerta.

Los Taffarel estuvieron detenidos en enero de 2025 luego de que, a partir de la intervención de la Fiscalía de Gualeguay, fueron identificados porque quedaron filmados y así se descubrió que eran dos empleados de FADEMI que viven en Larroque (un pueblo entrerriano de 6.500 habitantes) y habían participado de las medidas de fuerza en la empresa, iniciadas por un reclamo salarial que derivó en un bloqueo sindical y posteriores despidos.

El juez Crespo valoró que la propia María Laura Díaz De Miguel haya reconocido en la filmación a quien arrojó el objeto: aseguró que lo veía a diario en las carpas instaladas frente a la planta fabril, donde los hermanos Taffarel participaban de las protestas sindicales.

En la localidad de Carbó, donde vivía Cristhian Taffarel, los investigadores hallaron en el dormitorio dos cajas de cigarrillos: una marca Chesterfield y otra marca Dolchester dorada, idéntica a la utilizada en el hecho. Dentro de esa segunda caja estaban los proyectiles.

El informe del oficial inspector Juan Gabriel Retamar, de la División Investigaciones de la Policía de Gualeguay, documentó el rastreo del vehículo mediante el sistema de videovigilancia del 911: el auto había ingresado a Gualeguay también el 18 de enero de 2025, lo que sugirió una posible tarea de reconocimiento previo al hecho.

A las 0.28 del 28 de enero, el sistema del 911 de la Comisaría de Larroque registró el ingreso del vehículo de Mauricio Taffarel, dato que ubicó temporalmente su regreso tras la acción en Gualeguay.

Los abogados defensores optaron por no presentar declaración de los imputados —un derecho constitucional— y desplegaron una estrategia para poner en duda sobre la presencia de los hermanos en Gualeguay esa noche.

Presentaron tres testigos que intentaron ubicar a los acusados en Larroque durante el horario del hecho. El tribunal los descartó. Dos de ellos tenían conflictos abiertos con FADEMI, y el tercero era pareja de un dirigente del gremio local enfrentado a la empresa. Crespo señaló que sus dichos resultaban de "relativo valor convictivo" por esa parcialidad evidente y que consideró que estaban "desmentidos por una prueba objetiva indiscutible": la filmación del agresor en el portal.

La defensa también argumentó que la conducta de los imputados podía justificarse en el marco del reclamo laboral legítimo. El juez rechazó esa línea con precisión: "Las conductas aquí investigadas son absolutamente diversas en su naturaleza a las que se desenvuelven en esos otros ámbitos jurisdiccionales o fabriles, ya que se ejecutan en ámbitos particulares y de privacidad personal, en el domicilio particular, no de la empresa".

La fiscal Maite Burruchaga y los querellantes, los abogados Emiliano Antonio Gietz y Pablo Abdón Torres Barthe, coincidieron en el encuadre del delito y en la pena solicitada. El tribunal recibió ambas posturas y condenó a cada uno a 3 años de prisión en suspenso, encuadrado en el artículo 149 ter, inciso 1° del Código Penal.

Además de las 200 horas de trabajo comunitario y la prohibición de acercamiento a las víctimas, los condenados deben mantener su domicilio registrado y notificar al tribunal cualquier cambio. El incumplimiento de cualquiera de esas reglas establecidas puede convertir la condena condicional en efectiva.

La parte querellante reclamó al cierre del juicio una indemnización de 20 millones de pesos en concepto de daño moral. Crespo la rechazó por razones procesales: la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación establece que un juez penal no puede dictar una condena civil si la parte no se constituyó como actora civil antes del cierre de la investigación. El tribunal aclaró que esa decisión no impide a las víctimas reclamar la reparación por la vía civil correspondiente.

Tampoco prosperó el pedido de decomiso de los vehículos. El magistrado rechazó la medida al considerar que los rodados cumplieron sólo la función de transporte y que su pérdida resultaría desproporcionada para dos personas desempleadas que los utilizan como eventual fuente de sustento. Sí ordenó el decomiso de las prendas de vestir de Mauricio Taffarel, las cajas de cigarrillos, el papel manuscrito y los dos proyectiles.

En diálogo con Infobae, Torres Barthe, quien también es abogado del Movimiento Empresarial Anti Bloqueo (MEAB), manifestó que la empresa se encuentra "muy conforme" con la condena: "Fueron casi dos años de violencia sindical y el veredicto así lo refleja", afirmó.

Igualmente, anticipó que se esta evaluando la posibilidad de recurrir algunos puntos de la sentencia tales como el daño moral y el no decomiso de los rodados utilizados para cometer el hecho. "Nos parece muy saludable que se haya trazado un firme limite entre el derecho a huelga y los delitos cometidos -apuntó- ya que el fallo deja en claro que el ejercicio del derecho a huelga o los derechos sindicales siempre deben ser ejercidos de manera pacífica y no puede dar lugar a hechos de violencia".

El conflicto en FADEMI se remonta a junio de 2024, cuando el Sindicato de Trabajadores Químicos y Petroquímicos de Zárate-Campana inició protestas en reclamo de un aumento salarial que, según la empresa, era imposible de pagar. Entre abril de 2023 y abril de 2024, los empleados había recibido una mejora del 400%, más de 100 puntos por encima de la inflación acumulada, que fue del 290%. El sueldo inicial neto del sector, según el apoderado de FADEMI, Emiliano Gietz, estaba hacía 7 meses en $1,5 millones y el sueldo promedio mensual de bolsillo que pagaba la empresa ascendía a $2 millones.

Como informó en su momento Infobae, los sindicalistas adujeron como una de las razones para justificar su reclamo el incremento en las cuotas de los colegios privados. "Pero en Larroque no hay", les respondió el abogado, pero el razonamiento quedó sin respuesta. No hubo negociación posible y de inmediato el sindicato comenzó con las medidas de acción directa.

Según Gietz, "primero hicieron asambleas: se retiraban del lugar de trabajo por un tiempo que fue de una a cinco horas; después pasaron al quite de colaboración y redujeron la producción a un 10%, por lo que de 1.200 unidades diarias programadas hacían unas 100, a veces menos". Como consecuencia de estas medidas sindicales, la pyme aseguró que dejó de producir 30 mil baterías.

La tensión fue escalando hasta llegar el bloqueo de la planta cuando, a comienzos de junio, un camión que debía cargar productos no pudo ingresar al predio porque el sindicato se lo impidió. El gremio también forzó el retiro de los empleados de la línea de producción en medio del proceso. La medida puso en peligro la fabricación de 2 mil unidades abandonadas sin terminar y con exposición de productos químicos de alto riesgo. Finalmente, el lote pudo ser salvado.

Sin embargo, todo empeoró: el viernes 5 de julio arrancó el cese total de actividades que dejó a la planta con producción en cero y sin stock. Así, muchos clientes cancelaron sus pedidos ante el incumplimiento de las entregas y la pyme entró en una situación dramática: su flujo de fondos estuvo cortado y no pudo cumplir con las obligaciones con sus proveedores.

El prejuicio no sólo fue económico: el sindicato, según la empresa, impulsó agresiones contra los dueños de FADEMI, que incluyeron desde las pintadas en el frente de una de sus casas hasta bombas de estruendo arrojadas contra otro domicilio, pasando por la irrupción de activistas con bombos en medio de un asado familiar.

Según el sindicato, FADEMI no cumplía con las condiciones de seguridad en la planta (algo que no verificaron las autoridades) y ejecutó descuentos sin justificación en los salarios. Luego siguió el despido de 3 empleados, que derivó en una huelga en demanda de su reincorporación, mientras que a continuación se concretaron 25 cesantías.

El 20 de enero de 2025, la Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dio lugar al reclamo del sindicato y le ordenó a la empresa la reincorporación de los despedidos. El 17 de julio pasado, el juez Julio Armando Grisolía, a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 55, revocó el fallo que le había ordenado a FADEMI reincorporar a 35 trabajadores que participaron del bloqueo, por lo que quedaron en firme esas cesantías.

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